Saturday, February 18, 2012

VOLTAIRE: DICCIONARIO FILOSÓFICO.




Nombre completoFrançois-Marie Arouet
Nacimiento21 de noviembre de 1694
París, Francia
Defunción30 de mayo de 1778, 83 años
París, Francia
SeudónimoVoltaire
OcupaciónEscritor, poeta, dramaturgo, filósofo
NacionalidadFrancesa
PeríodoSiglo XVIII
Lengua de producción literariaFrancés
Lengua maternaFrancé
Movimientos
Fuente: Wikipedia.

Siglo de las Luces


ABUSO. Vicio inherente a todos los usos, a todas las leyes y a todas las instituciones humanas. El catálogo de los abusos no cabría en ninguna biblioteca. Los abusos dirigen los Estados. Si preguntáramos a los chinos a los japoneses o a los ingleses y les dijéramos: «Vuestro gobierno es todo un cúmulo de abusos que nunca subsanáis», los chinos nos responderían: «Subsistimos como nación hace más de cinco mil años y tal vez somos el pueblo menos desdichado del mundo, porque somos el más apacible»; los japoneses nos arguirían poco más o menos lo mismo, y los ingleses nos contestarían: «Somos muy poderosos en el mar y vivimos muy bien en la tierra; puede que dentro de diez mil años perfeccionemos nuestros hábitos. El gran secreto consiste en estar mejor que los demás pueblos cometiendo enormes abusos».

En este artículo sólo vamos a ocuparnos del recurso de alzada. Erraría quien creyera que Pierre de Cugnieres, hombre de leyes y abogado del rey en el Parlamento de París, interpuso un recurso de alzada en el año 1330, en la época de Felipe de Valois, ya que la fórmula de dicho recurso no se introdujo hasta finales del reinado de Luis XII. Pierre de Cugnieres hizo cuanto pudo para suprimir el abuso de las usurpaciones eclesiales, del cual se quejaban los jueces seculares, los señores que poseían jurisdicción y los Parlamentos, pero no lo consiguió. El clero, por su parte, se quejaba también de los señores, que no eran sino tiranos ignorantes que habían conculcado la justicia, y a los ojos de estos señores los eclesiásticos eran otros tiranos que sabían leer y escribir. Felipe VI se vio obligado a convocar a estos dos partidos, para que se reunieran en palacio ante él, no en el tribunal del Parlamento como dice Pasquier. El rey presidió en su trono rodeado de los pares, de los altos barones y de elevados dignatarios que componían su Consejo, al que asistieron veinte prelados. El arzobispo de Sens y el obispo de Autun hablaron en nombre del clero. No se dice quién fue el orador por el Parlamento, ni por los señores. Es verosímil, sin embargo, que el discurso del abogado del rey fuera un resumen de las alegaciones de las dos partes, que éste hablara en nombre del Parlamento y de los señores, y que el canciller resumiera las razones alegadas por ambas partes. Sea como fuere, vamos a reseñar las quejas que expusieron los barones y el Parlamento, redactadas por Pierre de Cugnieres:

1. Cuando un laico citaba ante un juez real o señorial a un clérigo que no estuviera tonsurado, que sólo hubiera recibido órdenes menores, el juez de la curia debía significar a los jueces que no podían juzgarle, bajo pena de excomunión y multa.

2. La jurisdicción eclesiástica obligaba a los laicos a comparecer ante ella en todos los litigios que tuvieran con los clérigos en materia civil, por sucesión y por préstamo.

3. Los obispos y abades establecerán notarios hasta en las mismas haciendas de los laicos.

4. Excomulgarán a los que no pagan sus deudas a los clérigos, y si el juez civil no les obliga a pagar excomulgarán también a dicho juez.

5. Cuando un ladrón pase a manos del juez civil, éste debe remitir al juez eclesiástico los objetos robados; si no lo hace, incurre en excomunión.

6. El excomulgado sólo podrá ser absuelto mediante pago de una multa.

7. Los jueces civiles denunciarán a los labradores y a los braceros que trabajen para algún excomulgado.

8. Dichos jueces tendrán la facultad de proceder a inventarios en los dominios del rey, prevalidos de que saben escribir.

9. Cobrarán ciertos derechos para conceder al recién casado autorización para acostarse con su mujer.
10. Se apoderarán de todos los testamentos.

11. Declaran condenado a todo aquel que muere sin testar, porque en ese caso la Iglesia nada hereda de él, y para concederle al menos los honores del entierro harán testamento en nombre suyo, en el que otorgaran mandas pías.

Parecidas a éstas, expusieron unas setenta quejas. Para defenderlas tomó la palabra Pierre Roger, arzobispo titular de Seás, que tenía fama de ser una notabilidad y había de ocupar la Santa Sede con el nombre de Clemente XVI. Empezó puntualizando que no hablaba para que le juzgaran, sino para juzgar a sus adversarios, y para aconsejar al rey que cumpliese con su deber. Dijo que Jesucristo, siendo Dios y hombre, era dueño del poder espiritual y del temporal y, por tanto, los ministros de la Iglesia, que eran sus sucesores, eran jueces de todos los hombres sin distinción.

Pierre Bertrandi, obispo titular de Autun, al entrar en los detalles de la cuestión, aseguró que sólo se incurría en excomunión por haber cometido algún pecado mortal, que el culpable debía hacer penitencia y que la mejor penitencia que podía hacer era dar dinero a la Iglesia. Trató de probar que los jueces eclesiásticos tenían más capacidad que los jueces reales o señoriales para administrar justicia, porque habían estudiado las Decretales, que los demás jueces desconocían. A esto podían haberle replicado que se debía obligar a los bailíos y a los prebostes del reino a leer las Decretales para no cumplirlas nunca.

La reunión de esta gran asamblea no sirvió para nada. El rey necesitaba contemporizar con el Papa, que había nacido en su reino, tenía la Santa Sede en Aviñón y era enemigo mortal del emperador Luis de Baviera. En toda época la política conserva los abusos que la justicia trata de evitar. De la mentada reunión tan sólo quedó en el Parlamento el recuerdo imborrable del discurso que pronunció Pierre de Cugnieres El Parlamento se opuso desde entonces sistemáticamente a las pretensiones de los clérigos y se apeló siempre a él contra las sentencias dictadas por los jueces eclesiásticos, cuyo procedimiento recibió la denominación de recurso de alzada. Finalmente, todos los Parlamentos de Francia acordaron que la Iglesia conociera únicamente en materia de ordenamiento eclesiástico y en juzgar a todos los hombres indistintamente, con arreglo a las leyes del Estado, conservando las normativas que prescriben las ordenanzas.

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